Migración Legal
Asilo y protección internacional en Italia
Acompañamiento integral en la solicitud de asilo, preparación de la entrevista ante la Commissione Territoriale y seguimiento del proceso.
Servicio gratuito para solicitantes
⏱ Variable — 6 meses a 2 años
Qué incluye
Lo que gestionamos por ti
- Entrevista inicial confidencial para evaluar los motivos de protección
- Presentación de la domanda di protezione internazionale
- Preparación exhaustiva para la entrevista ante la Commissione
- Redacción de la memoria descrittiva personal
- Acompañamiento durante la audiencia con intérprete
- Gestión del ricorso en caso de rechazo
Qué necesitas
Documentación requerida
- Presencia física en territorio italiano
- Motivos fundados de persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a grupo social
- Documentos de identidad disponibles o declaración jurada de carencia
- Relato coherente y detallado de los motivos de huida
Cómo funciona
Un proceso claro, sin sorpresas.
1
Entrevista inicial
Escuchamos tu historia en confidencialidad y evaluamos qué forma de protección es aplicable a tu caso.
2
Presentamos la solicitud
Formalizamos la domanda ante la Questura y obtenemos el permesso di soggiorno per richiesta asilo.
3
Preparamos la entrevista
Trabajamos tu memoria descrittiva y te preparamos para la audiencia ante la Commissione Territoriale.
4
Seguimiento y ricorso
Si la resolución es positiva, gestionamos el permesso. Si es negativa, evaluamos el ricorso judicial.
Preguntas frecuentes
Resolvemos tus dudas.
El asilo político protege a quienes han sufrido persecución personal. La protección subsidiaria protege a quienes no cumplen la definición de refugiado pero corren riesgo grave de daño en su país.
Sí, tras 60 días desde la presentación de la solicitud puedes solicitar autorización de trabajo.
Tienes 30 días para presentar ricorso ante el Tribunale. El ricorso suspende la orden de expulsión durante el proceso judicial.
Sí. El modo de entrada no afecta al derecho a solicitar protección internacional.
Sí. El estatus de refugiado otorga derecho a reagrupar a cónyuge e hijos menores mediante el procedimiento de ricongiungimento familiare.
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